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18 de septiembre de 2025 a las 06:30
Municipios: Freno a cobros abusivos
En una jornada crucial para el sector energético y el acceso a la información, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentenciado un precedente histórico al invalidar disposiciones de leyes de ingresos en Coahuila que imponían cobros por licencias para la construcción y operación de infraestructuras relacionadas con la extracción de hidrocarburos y gas. Esta decisión, tomada en una sesión pública con la participación de nueve ministros, reafirma la soberanía del Congreso de la Unión sobre estos recursos estratégicos y blinda el derecho a la información pública.
La controversia radicaba en la pretensión de los municipios coahuilenses de gravar las actividades de extracción de hidrocarburos, una facultad que, según la SCJN, reside exclusivamente en el ámbito federal. Los hidrocarburos y el gas, considerados recursos de dominio inalienable de la nación, están sujetos a una regulación específica que no puede ser alterada por las entidades federativas. Este fallo sienta un precedente fundamental para la gestión de los recursos energéticos del país, asegurando la coherencia y la uniformidad en la política nacional.
La argumentación de la Corte se centra en la naturaleza estratégica de estos recursos y la necesidad de una política integral a nivel federal. Permitir que los municipios impongan cargas tributarias de manera independiente podría generar un mosaico de regulaciones dispares, obstaculizando el desarrollo del sector y creando una competencia desleal entre las empresas. Además, la SCJN subrayó la importancia de preservar el control estatal sobre estos recursos, esenciales para el desarrollo económico y la seguridad energética del país.
Esta decisión no solo impacta al sector energético, sino que también tiene profundas implicaciones para el federalismo mexicano. Delimita las competencias de los distintos niveles de gobierno en materia de recursos naturales y reafirma la supremacía del Congreso de la Unión en la regulación de sectores estratégicos. Se trata de un paso significativo en la consolidación de un marco jurídico claro y preciso que evite la duplicidad de funciones y la dispersión de la autoridad.
En la misma sesión, la Corte abordó otro tema crucial para la transparencia y la rendición de cuentas: el acceso a la información pública. Declaró inconstitucionales las normas de 21 municipios de Michoacán, Durango y Guerrero que establecían cobros por la entrega de información digitalizada. La ministra Loretta Ortiz, en una intervención destacada, argumentó que el cobro por información pública digital viola el principio de gratuidad consagrado en el artículo sexto constitucional. Este principio, según Ortiz, busca garantizar la igualdad de acceso a la información, independientemente de la condición económica de los solicitantes.
La imposición de costos, por mínimos que sean, puede representar una barrera para el ejercicio de este derecho fundamental, especialmente para sectores vulnerables de la población. La digitalización de la información, lejos de ser un pretexto para imponer nuevas tarifas, debe ser una herramienta para facilitar y ampliar el acceso a los datos públicos. La decisión de la SCJN refuerza la idea de que la información es un bien público y que su acceso debe ser garantizado sin restricciones económicas.
En conjunto, estas decisiones de la Suprema Corte de Justicia representan un avance significativo en la defensa del interés público y la consolidación del Estado de derecho. Protegen la soberanía nacional sobre recursos estratégicos y garantizan el acceso a la información como un derecho fundamental de todos los mexicanos. Además, establecen un precedente crucial para la interpretación de la Constitución y la delimitación de competencias entre los distintos niveles de gobierno, contribuyendo a un sistema federal más equilibrado y eficiente. El impacto de estas sentencias resonará en la legislación y la práctica administrativa de todo el país, marcando un hito en la jurisprudencia mexicana.
Fuente: El Heraldo de México