13 de junio de 2025 a las 05:45
Consecuencias de grabar sin consentimiento en México
En la era digital, la línea entre lo público y lo privado se difumina cada vez más. Nuestros smartphones, convertidos en extensiones de nosotros mismos, nos permiten documentar cada instante de nuestras vidas, desde los momentos más íntimos hasta las situaciones más cotidianas. Sin embargo, esta facilidad para capturar la realidad también plantea interrogantes cruciales sobre la privacidad y el derecho a la propia imagen. ¿Hasta dónde llega nuestro derecho a grabar? ¿Cuándo la documentación se convierte en una invasión?
La omnipresencia de las cámaras en nuestros dispositivos móviles ha generado una suerte de “vigilancia ciudadana”, donde cualquier evento, desde una discusión acalorada en la calle hasta un accidente de tránsito, puede ser registrado y difundido en cuestión de segundos. Si bien esta práctica puede ser útil en ciertas circunstancias, como la obtención de pruebas en caso de un delito, también abre la puerta a abusos y violaciones de la privacidad.
En México, la legalidad de grabar a una persona sin su consentimiento no es una cuestión de blanco y negro. Se trata de un tema complejo, donde convergen el derecho a la privacidad, consagrado en el artículo 16 de la Constitución, y el derecho a la libertad de expresión, protegido por el artículo 6. La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares establece que grabar a alguien con fines privados no es ilegal, siempre y cuando el material no se difunda ni se utilice de manera indebida.
La clave radica en el propósito de la grabación y en el uso que se le da a la misma. Si el material se publica en redes sociales o medios de comunicación, y afecta el honor, la imagen o la vida privada de la persona grabada sin su consentimiento, entonces sí se configura una violación a su privacidad, con las consecuencias legales que ello implica.
Imaginemos un escenario común: un gimnasio. Un individuo graba a otra persona sin su permiso, argumentando que necesita evidencia de una supuesta falta. Si bien la intención inicial puede ser legítima, la difusión de ese video sin el consentimiento del afectado puede considerarse una violación a su privacidad.
Es fundamental comprender que la legalidad no se limita al acto de grabar, sino que abarca todo el proceso, desde la captura de la imagen hasta su posible difusión. La responsabilidad recae en quien graba, quien debe ser consciente de las implicaciones legales de sus acciones.
En resumen, grabar a alguien en México no es un delito en sí mismo, pero la difusión o el uso indebido del material sí puede serlo. Es crucial actuar con responsabilidad y respeto a la privacidad de los demás. Antes de presionar el botón de grabar, debemos preguntarnos: ¿Tengo el derecho de hacerlo? ¿Cuál es el propósito de esta grabación? ¿Qué consecuencias puede tener la difusión de este material? La tecnología nos brinda herramientas poderosas, pero es nuestra responsabilidad utilizarlas con ética y respeto. La privacidad es un derecho fundamental, y debemos protegerlo tanto en el mundo físico como en el digital. La delgada línea entre la documentación y la invasión se traspasa cuando el derecho a la propia imagen se ve vulnerado. Recordemos que la libertad de expresión no nos exime de la responsabilidad de respetar los derechos de los demás.
Fuente: El Heraldo de México