22 de abril de 2025 a las 01:20
Evita la Multa: Reversa en Viaducto CDMX
El caos vial en la colonia Algarín, específicamente en el acceso al Viaducto Miguel Alemán cerca del cruce con Marcelino Dávalos, se ha convertido en una estampa cotidiana. Decenas de automovilistas, impacientes ante el bloqueo realizado por agentes de la SSC, deciden saltarse las normas de tránsito y crean una situación potencialmente peligrosa. En lugar de esperar su turno o utilizar la entrada designada a cuatro calles, optan por una maniobra ilegal: avanzar unos metros hasta Bernardo Couto y revertir su vehículo para incorporarse al Viaducto.
Esta práctica, especialmente frecuente en las mañanas de quincena o en horas pico, genera un embudo en el carril izquierdo de la lateral. Los conductores esperan a que se despeje el flujo de los carriles centrales para, en una rápida y arriesgada maniobra, meterse en reversa. "Muchos se meten así porque no quieren irse a la otra entrada que está como a unas cuatro calles por el tráfico que se hace en Bolívar", comentó Daniel, vecino de la zona, a El Heraldo Digital.
Si bien algunos logran ejecutar la maniobra en segundos, la realidad es que esta práctica interrumpe el flujo de los carriles centrales, poniendo en riesgo a otros conductores, especialmente a motociclistas, y aumentando la congestión vehicular. El riesgo de colisión es latente.
Más allá de la percepción de un "vacío legal" que algunos conductores pudieran tener, esta práctica está explícitamente prohibida y penada por el Reglamento de Tránsito de la CDMX. El Artículo 11, fracción XIII, estipula que circular en reversa por más de 30 metros está prohibido, a menos que exista un impedimento que lo justifique. Las multas por infringir esta norma oscilan entre 5 y 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que se traduce en un rango de 565.70 a 1,131.40 pesos.
Un cálculo realizado con Google Maps revela que la distancia necesaria para incorporarse al Viaducto de esta manera supera los 40 metros, aunque algunos conductores realizan la maniobra en un tramo menor. Aun así, aunque la distancia fuera inferior a los 30 metros permitidos, la maniobra sigue siendo ilegal. El Artículo 8, fracción I, obliga a los conductores a respetar la señalética vial, y realizar una maniobra de este tipo contradice las indicaciones de tránsito. Las multas por esta infracción van de 10 a 20 UMAs, es decir, de 1,131.40 a 2,262.80 pesos.
Adicionalmente, el Artículo 11, fracción VII, prohíbe realizar giros contrarios a los indicados por la señalización, con multas que van de 2,262.80 a 3,394.20 pesos. La maniobra en cuestión infringe tanto el Artículo 8 por ignorar la señalética, como el 11 por realizar un giro indebido.
Es fundamental recordar que desconocer el Reglamento de Tránsito no exime de su cumplimiento. Todos los conductores tienen la obligación de leer, comprender y aplicar las normas viales para garantizar la seguridad de todos. Además, es importante tener en cuenta que, en caso de un accidente derivado de esta maniobra ilegal, el seguro de daños a terceros podría no cubrir los gastos, agravando aún más las consecuencias de esta práctica irresponsable. La invitación es clara: respetar las normas de tránsito no solo evita multas, sino que protege la vida y la integridad de todos los usuarios de la vía.
Fuente: El Heraldo de México